SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2017-S3

Fecha: 20-Sep-2017

AL FIN EXPUESTO PIDE INFORME EN EL DÍA

Dicha diligencia refiere haber sido practicada el “20/05/2016” (sic); empero, en tal fecha solo le fue entregada la nota con Cite: COM-LEG. 020-2016 con referencia “AL FIN EXPUESTO PIDE INFORME EN EL DÍA” (sic), sin la aclaración de que el mismo constituía una notificación con el inicio de proceso administrativo, por cuanto en el primer considerando no se establece la fecha de inicio del proceso. Asimismo, en los apartados Sexto, Décimo, Decimoprimero y Decimotercero de ese considerando, tácitamente se reconoce que la falsificación de boletas de pesaje, que motivó el proceso administrativo de referencia habría sido realizada por los trabajadores de la Cooperativa “San Pablo” y no por su persona, habiendo sido suscrito un documento privado de reconocimiento de deuda por la citada Cooperativa y COMERMIN Ltda., aspecto que demostraría que no tuvo participación en la falsificación de fichas de pesaje, más aun cuando el Sumariante estableció la participación de alguno de los trabajadores en ese hecho; sin embargo, la Resolución Fundamentada Proceso Sumario COM-LEG. 005/2016 de manera arbitraria concluyó estableciendo su responsabilidad como autor del hecho y le fueron impuestas las sanciones correspondientes.

Contra esa decisión, el 14 de julio de 2016 interpuso recurso de apelación jerárquico, el cual fue rechazado por Auto de 23 de mayo de 2017; es decir, once meses después sin determinar si fue presentado dentro de plazo o no, cuando debió remitir su impugnación ante el superior en grado y no rechazarlo mediante ese Auto, ya que en su apartado Cuarto señaló que no ejerció su derecho de impugnación, no obstante en la parte final de la decisión reconoce que la misma es apelable.

Por Memorando de 1 de junio de 2017 y en mérito al resultado del proceso sumario, los ahora demandados procedieron con su destitución inmediata. El 5 de igual mes y año solicitó fotocopias legalizadas del cuaderno del proceso, así como del Estatuto y Reglamentos de COMERMIN Ltda., documentación última que le fue denegada mediante providencia de 9 de ese mes y año, advirtiendo que se trataría de documentación confidencial de la Cooperativa, por cuanto tampoco pudo conocer las normas a las que se someten sus miembros.