SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1010/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
Fragmento 20
La accionante alegó la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, al debido proceso, a la defensa y la garantía de presunción de inocencia; señalando que, la persona demandada en su calidad de Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Comunal EMPETROL Ltda., en una primera instancia procedió a realizar en su contra actos de acoso laboral sin justificación alguna, para posteriormente proceder a su desvinculación laboral de manera injustificada, por Memorándum GG-09-03/2017, sin considerar los más de diez años prestados de manera continua, los innumerables memorandos de felicitación por el desempeño realizado en sus funciones y sin un proceso sumario previo que pruebe la causa de despido alegada al efecto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2. Marco constitucional y normativo sobre la estabilidad laboral
- El principio protector.
- El principio de la estabilidad laboral.
- Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección
- Fragmento 16
- III.3. La estabilidad laboral en el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de junio de 1982
- el derecho del trabajador a recurrir ante la autoridad competente cuando considere que la terminación de su relación de trabajo es injustificada
- III.4.
- Fragmento 20
- III.5. Análisis del caso concreto
- el indubio pro operario y la norma más favorable
- mediante sumario informativo
- Fragmento 24