SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1010/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
III.5. Análisis del caso concreto
Del cotejo de los antecedentes, documentales y las Conclusiones que cursan en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; se infiere que, la accionante prestó servicios profesionales en la Cooperativa demandada desde el 12 de junio de 2009, tal como lo acredita el contrato de trabajo suscrito al efecto, en el cargo de Jefa de Sistemas; empero, debido al incumplimiento en la actualización del sistema informático de la indicada entidad financiera, alegando un incumplimiento de contrato, tal como lo estipulaba la cláusula sexta del contrato laboral, la parte demandada, en aplicación a lo estipulado en el art. 16 inc. e) de la LGT, concordante con el art. 9 incs. e) y h) del DS 224 y su Manual de Funciones procedió a la desvinculación laboral de la indicada solicitante de tutela; ante este hecho, la referida trabajadora presentó denuncia de reincorporación ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, instancia administrativa que previa constatación que el despido fue por causal injustificada pronunció la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/100/2017, instruyéndose la reinserción laboral de la indicada trabajadora a su fuente laboral, actuado administrativo que fue impugnado, siendo rechazado el recurso de revocatoria y manteniéndose firme la referida Conminatoria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2. Marco constitucional y normativo sobre la estabilidad laboral
- El principio protector.
- El principio de la estabilidad laboral.
- Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección
- Fragmento 16
- III.3. La estabilidad laboral en el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de junio de 1982
- el derecho del trabajador a recurrir ante la autoridad competente cuando considere que la terminación de su relación de trabajo es injustificada
- III.4.
- Fragmento 20
- III.5. Análisis del caso concreto
- el indubio pro operario y la norma más favorable
- mediante sumario informativo
- Fragmento 24