SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1016/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1016/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

III.2. Sobre la identidad parcial de los sujetos

         La SCP 0969/2016-S2 de 7 de octubre, en relación a esta temática, señaló: “Con relación a la identidad parcial de los sujetos, la jurisprudencia constitucional, estableció que ese supuesto no impide la aplicación de la improcedencia de la acción de amparo constitucional; con relación a este tema, en la en la SCP 0831/2012 de 20 de agosto, se señala: “Por su parte, el Tribunal Constitucional en el desarrollo de su jurisprudencia sobre el particular, mediante la SC 0776/2011-R de 20 de mayo, con referencia a la causal citada precedentemente, asumiendo la orientación contenida en la SC 0115/2003-R de 28 de enero, señaló que: ‘…debe existir necesariamente la concurrencia de las tres identidades indicadas; es decir: a) de sujetos: que sean las mismas personas que presentan el recurso y lo dirigen contra la misma autoridad o personas particulares contra las que recurrieron antes; b) de causa: que el motivo (acto o resolución), que da origen al amparo, sea el mismo en ambos casos; y c) de objeto: que el propósito del recurso, sea el mismo tanto en el primer como en el segundo amparo’.