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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2017-S1

    Fecha: 11-Sep-2017

    II.6.

    II.6.  El Juez demandado por Auto interlocutorio 123/16 de 27 de junio de 2016, resolvió declarar improcedente la solicitud planteada por Ramiro Tomás Carracedo y rechazó la certificación presentada por inconducente; toda vez que la demanda, no estaba dirigida a una persona jurídica sino a un persona natural (fs. 92 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • subsidiariedad, conforme lo establece el art. 129 de la Ley Fundamental
    • amparo constitucional instituido como una garantía constitucional
    • las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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