SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

Fragmento 21

           Luego de efectuar una relación de los actuados del proceso el accionante, señala que la Juez a quo dictó la Sentencia de 8 de agosto de 2016, bajo la aplicación del Código de Familia y el Código de Procedimiento Civil abrogado, normativas que contemplarían el recurso de casación, toda vez que la Disposición Transitoria  Primera de la Ley 603, establece que el Código de Familias y del Proceso Familiar entraría en vigencia plena recién a partir del 6 de agosto de 2015, por lo que, con la emisión del Auto Supremo 47/2017 que declaró improcedente el recurso de casación, las autoridades  demandadas lesionaron sus derechos y garantías constitucionales al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la igualdad de las partes y a la impugnación, toda vez que efectuaron una errónea interpretación de la norma al aplicar la Ley 603 que no contempla el recurso de casación en el proceso de reconocimiento de unión libre.