SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

III.3. Análisis del caso concreto

           Con base en los Fundamentos Jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la jurisdicción constitucional en atención a los principios de independencia judicial, autonomía decisoria, verdad material e inmediación, construyó la doctrina de las autorestricciones respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria, determinando que esta función es exclusivamente atribuida a la jurisdicción ordinaria, por lo que la justicia constitucional se encuentra limitada de manifestarse al respecto; empero, ejerciendo su labor de  observancia y cumplimiento de la Constitución Política del Estado, le corresponde verificar si en el cumplimiento de dicha labor, los jueces y tribunales ordinarios no se apartaron de los marcos de razonabilidad, objetividad y equidad.

           Tómese en cuanta también que al constituirse el Tribunal Supremo de Justicia en el máximo interprete de la jurisdicción ordinaria, le corresponde a esta instancia de cierre, reconducir los procesos judiciales para circunscribirlos en la normativa en vigencia, no pudiendo las partes litigantes ni los juzgados alterar lo normado por la Ley y la Constitución, en ese sentido al haber aplicado la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 603 que establece: “I. Entrarán en vigencia al momento de la publicación del presente Código, las siguientes normas que alcanzan inclusive a los procesos judiciales en trámite en primera y segunda instancia, y en ejecución de fallos:…”, que se ajusta al caso remitido en casación, respecto del cual establece un límite absoluto de impugnación, conforme al espíritu de Ley que en esencia busca la solución con celeridad de este tipo de procesos en materia familiar y no encontrarse consiguientemente dentro de los marcos de procedencia determinados por la precitada ley, las autoridades demandadas efectuaron una correcta interpretación y aplicación de dicha norma.