SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera que la autoridades demandadas a través del Auto Supremo 47/2017 de 24 de enero, que declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por su persona, vulneró sus derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la igualdad de las partes y a la impugnación, toda vez que, el proceso de origen sobre -reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho, ruptura de la misma y partición de bienes gananciales- se resolvió en base a la Ley 996 de 4 de abril de 1998 (Código de Familia) y a la Ley 1760 (Código de Procedimiento Civil), mismo que contempla la figura de la casación; y no como interpretaron las autoridades que emitieron dicho fallo, que el caso se encuentra bajo la aplicación de la Ley 603 de 14 de noviembre de 2014, norma que no contempla la figura del recurso de casación en el referido proceso.