SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

Fragmento 25

           En este contexto, la jurisdicción constitucional no puede emitir criterio respecto a la interpretación de legalidad ordinaria conforme a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional plurinacional “…en los casos que se impugnen resoluciones judiciales denunciando se acuse errónea interpretación y/o aplicación de la legalidad ordinaria; la jurisdicción constitucional, se verá impedida de ingresar a analizar el fondo de la problemática; por cuanto, si la parte accionante no cumple con la carga argumentativa y los presupuestos exigidos por la doctrina de las auto restricciones para que esta instancia revise la labor de la justicia ordinaria”. En estas circunstancias y en aplicación de los entendimientos jurisprudenciales contenidos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, corresponde a la Sala Primera  Especializada de esta máxima instancia constitucional, denegar la tutela solicitada.