SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que la autoridad y el servidor público demandados vulneraron sus derechos a la libertad de locomoción, a la defensa y al acceso inmediato a una justicia pronta y sin dilaciones, vinculados al debido proceso y al “principio de celeridad” aduciendo que: Por Resolución de 15 de agosto de 2017, se revocaron las medidas sustitutivas que le fueron impuestas y se determinó su detención preventiva; contra dicha Resolución, presentó recurso de apelación incidental, habiendo ordenado la Jueza ahora demandada la remisión del cuaderno de apelación en el plazo de veinticuatro horas, determinación que no fue cumplida hasta la fecha de presentación de la presente acción de libertad, y cuando su cónyuge se apersonó al Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, para verificar si se cumplió la orden del Juez, el Secretario le indicó que previamente debía proveer los recaudos necesarios para remitir la apelación al Tribunal de alzada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de libertad respecto al personal judicial subalterno
- el entendimiento generado en el presente acápite
- III.3. Sobre el principio de presunción de verdad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- o dentro de los plazos razonables
- CONFIRMAR