Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
III.1.
La SCP 0266/2016-S2 de 23 de marzo, citando a la SC 0465/2010-R de 5 de julio, señaló que: “‘Para la concreción del valor libertad, el principio celeridad y el respeto a los derechos, se ha previsto una acción de defensa específica que coadyuve para que los mismos no se vean afectados por actos lesivos y en caso de que así fuera, se puedan restituir a su estado natural, en especial tratándose de derechos fundamentales…’.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de libertad respecto al personal judicial subalterno
- el entendimiento generado en el presente acápite
- III.3. Sobre el principio de presunción de verdad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- o dentro de los plazos razonables
- CONFIRMAR