Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2018-S2
Fecha: 01-Ene-2018
II.6.
II.6. Cursa la Resolución RR/SP 0133/2017 26 de julio, emitida por el Pleno del Consejo de la Magistratura, en mérito al recurso de revocatoria presentado por el hoy accionante, contra el Acuerdo 0113/2017, cuya parte resolutiva, dispone: “POR TANTO: El Pleno del Consejo de la Magistratura en uso de las facultades establecidas en el Art. 182 numeral 1 y 3 de la Ley N° 025 del Órgano Judicial y art. 17 del Reglamento de Procedimiento Administrativo para la Sustanciación de los Recursos de Revocatoria y Jerárquicos del Órgano Judicial, y sin mayores consideraciones: RESUELVE: CONFIRMAR en todo el Acuerdo N° 0113/2017 de fecha 27 de junio de 2017” -sic- (fs. 95 a 104).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR