SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2018-S2

Fecha: 01-Ene-2018

III.1. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales

           La línea jurisprudencial establecida al respecto inicialmente sostuvo, que no corresponde a la jurisdicción constitucional revisar el criterio jurídico aplicado por otros tribunales, en la actividad jurisdiccional que desempeñan, por cuanto ello supondría irrumpir en las labores que éstos cumplen; sin embargo, es posible de manera excepcional, si de la revisión de esa actividad interpretativa, se advierte la vulneración de derechos fundamentales y garantías constitucionales.