SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2018-S2

Fecha: 01-Ene-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como propietaria única y absoluta del inmueble ubicado en el barrio                      23 de diciembre de la Unidad Vecinal (UV) 154, manzana 35, lote 7, con una extensión superficial de 368,17 m2, inscrito en Derechos Reales (DD.RR.) con matricula computarizada 7011060110593 y folio 0128704 de 31 de enero de 1996, adquirido por adjudicación municipal de la Honorable Alcaldía Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en el que se posesionó y construyó su vivienda, el mismo que fue otorgado en garantía hipotecaria al Banco Económico S.A., en un crédito que obtuvo para la ampliación de dicha vivienda.

Aduce que el 14 de noviembre de 2017 a horas 10:00 am, la Oficial de Diligencias del Juzgado Público Civil y Comercial Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, conjuntamente un grupo de policías y un notario de fe pública, portando una orden de desapoderamiento expedida por el titular del referido despacho judicial  Alberto Guzmán Méndez, del inmueble ubicado en Pampa de la Isla, manzano 3, lote 15, partida computarizada 010144315, en el que no especifica la UV; de forma arbitraria e ilegal ingresaron a su domicilio, allanando su intimidad y propiedad privada, causando destrozos y despojándola de su inmueble, no obstante advertir a la indicada funcionaria, que el inmueble señalado en el mandamiento era otro.