AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2018-O
Fecha: 12-Oct-2018
II.5.
II.5. La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, emitió la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a 13/2018 de 11 de mayo, por la que declaró: “…IMPROBADA la demanda contencioso administrativa interpuesta de fs. 506 a 508, subsanada a fs. 521 de obrados, interpuesta por Lauro Pinto Elias representado legalmente por Julio Hery Tapia Dávalos; declarando en consecuencia subsistente y con todo valor legal la Resolución Administrativa RA-SS N° 0018/2011 de 7 de enero de 2011, pronunciada dentro del proceso de Saneamiento Simple de Oficio, respecto al predio denominado ‘Villa Valeria’, correspondiente al polígono N° 122, ubicado en los cantones Izozog y El Carmen, secciones Segunda y Tercera, provincias Cordillera y German Busch del departamento de Santa Cruz” (sic [fs. 469 a 482]).
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- el Auto de 27 de julio de 2018, emitido por su autoridad, a efectos de que el mismo pueda ser revisado por éste, para evitar un posible sobrecumplimiento de la SCP 1391/2016-S1
- concedió la queja
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se puede establecer que el art. 16 del CPCo dispone que la ejecución de una resolución constitucional con calidad de cosa juzgada, le corresponde al juzgado o tribunal que inicialmente conoció la acción
- sobrecumplimiento
- 1)
- 2)
- 3)
- CONFIRMAR
- en parte
- i)
- ii)
- parcial
- 1º REVOCAR