SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2018-S3

Fecha: 01-Oct-2018

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido de la acción de amparo constitucional presentada, y ampliándola manifestó que conforme establece la Ley 321, los trabajadores municipales que presten servicios manuales propios de la entidad deben ser incorporados a la Ley General del Trabajo, teniéndose asimismo la no permisión de más de dos contratos a plazo fijo, en ese sentido, siendo que en su caso se pactaron varios contratos de forma sucesiva, y su vinculación fue verbal, se encontraría dentro de las previsiones de la ley haciendo por ende aplicables los preceptos que la norma dispone a su favor como trabajador dependiente.