SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2018-S3
Fecha: 10-Oct-2018
i)
María de los Ángeles de la Parra Rivero, Fiscal de Materia III, mediante informe escrito presentado el 2 de febrero de 2018, cursante a fs. 176 y vta., manifestó que: i) En julio de 2017, se presentó denuncia contra Samuel Grover Mita Aquino y Patricio Marcelo Vargas Camacho por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica e incumplimiento de deberes, la cual fue desestimada y posteriormente ratificada por Resolución Jerárquica; y, ii) Posteriormente el 5 de septiembre de 2017, el ahora accionante presentó querella por la presunta comisión de los mismos delitos y contra las referidas personas, por lo que se resolvió la desestimación de la misma, determinación que tras ser objetada dio lugar al pronunciamiento de la autoridad demandada en sentido que no se abre su atribución para pronunciarse al respecto.
Ahora bien, de lo expuesto por el accionante en su memorial de acción de amparo constitucional, se tiene la denuncia de lesión de derechos emergente de la actuación del Ministerio Público en: i) La desestimación a la denuncia deducida por Patricio Marcelo Vargas Camacho y Samuel Grover Mita Aquino contra Walter Jorge Daza Ala y Gustavo Arroyo Calvetty; y, ii) La desestimación de la querella presentada por el accionante contra las mismas personas referidas en el punto anterior, por lo que a continuación pasamos a resolver la presunta lesión de derechos alegada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la legitimación activa
- Fragmento 13
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- III.3.1. Respecto a la denunciada falta de fundamentación, motivación y congruencia en las resoluciones de desestimación de denuncia presentada por Patricio Marcelo Vargas Camacho y Samuel Grover Mita Aquino
- Fragmento 20
- III.3.2. Respecto a la denunciada falta de fundamentación y motivación en las resoluciones de desestimación de la querella presentada por el accionante
- NO SE ABRE ATRIBUCIÓN
- CONFIRMAR