SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2018-S3

Fecha: 01-Oct-2018

iii)

                           iii)   “…ahora se menciona como agravio en sentido de que en la imputación formal no se habría considerado como un peligro para la víctima, sin embargo de ello la defensa olvida que en la audiencia de aplicación de medidas cautelares ya se ha mencionado y se ha considerado este riesgo procesal ya que la Resolución N° 125/2018 que cursa a fojas 153 y 157 del cuaderno de apelación, cuando el juez a-quo en su momento cuando se refiere al artículo 234.10 ha señalado que el señor Alfonso Silva Mamani ya que el Ministerio Publico y victimas hace mención que han sido encontradas y colectado documentos que se han exhibido en esta audiencia y que la naturaleza de los hechos perjudica a toda la sociedad, que varias víctima se han apersonado señalando que se han quitado sus terrenos y bienes inmuebles producto de la mala utilización de esta documentación que las instituciones son las únicas autorizadas para vender y comercializar estos documentos, no siendo autorizados los imputados para dicha comercialización, es que concurre el art. 234.10 del C.P.P. (…) con relación a estos documentos públicos de funciones públicas como Derechos Reales, como de la Dirección del Notariado, también de la Dirección Administrativa Financiera, documentos oficiales que son comercializados por personas autorizadas y no así por personas particulares, en ese entendido también estas instituciones se consideran como víctimas, no solo personas naturales y no personas colectivas como las instituciones mencionadas, en ese entendido estando en libertad indudablemente existe un peligro para la víctima que son entidades públicas y también para la sociedad en su conjunto” (sic);