SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2018-S1

Fecha: 01-Oct-2018

motivación insuficiente

           En síntesis, la citada Resolución en sus fundamentos no justificó las razones por las cuales se abstendría de pronunciarse sobre la SCP 1169/2016-S3, pese a que fue reiteradas veces mencionada por el sujeto pasivo a momento de impugnar la Resolución Sancionatoria 18-1977-16 de 15 de septiembre de 2016, lo cual influye de la misma manera para determinar que la referida Resolución de Recurso Jerárquico, se torne en una determinación asumida a través de una motivación insuficiente, más aún si una de las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o motivada, es lograr el convencimiento de las partes de que la misma no resulta arbitraria, sino más al contrario, observa el valor justicia y los principios de interdicción de la arbitrariedad, razonabilidad y congruencia; así el principio de interdicción de la arbitrariedad fue entendido por el Tribunal Constitucional de Perú, señalando que: “El requisito de razonabilidad excluye la arbitrariedad. La idea que confiere sentido  a la exigencia de razonabilidad es la búsqueda de la solución justa de cada caso. Por lo tanto, según lo expone Fernando Sainz Moreno (vide supra), ‘una decisión arbitraria, contraria a la razón (entendiendo que en un sistema de derecho positivo la razonabilidad de una solución está determinada por las normas y principios que lo integran, y no sólo por principios de pura razón), es esencialmente antijurídica.