SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2018-S1

Fecha: 01-Oct-2018

cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno.

'Cumplida la condena, concedida la Libertad Condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno. El funcionario que incumpla esa disposición, será pasible de responsabilidad penal, sin perjuicio de aplicarse las sanciones disciplinarias que correspondan(Las negrillas son nuestras).

Asimismo, la citada SCP 0798/2017-S2 en relación a la acción de libertad de pronto despacho indicó que: “En cuanto a la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, la  SCP 0902/2015-S3 de 17 de septiembre, estableció que: “El Tribunal Constitucional a través de la SC 0465/2010-R de 5 de julio, señaló que: «…los tipos de hábeas corpus precedentemente aludidos, también pueden ser identificados en la nueva Ley Fundamental, e inclusive ampliados. Así dentro de la tipología desarrollada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional citada líneas precedentes, se agregó el hábeas corpus restringido, el hábeas corpus instructivo y al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho (SC 0044/2010-R de 20 de abril).