SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2018-S1
Fecha: 01-Oct-2018
Fragmento 13
En tal sentido, debe señalarse que la ingeniería dogmática de la acción de libertad está diseñada sobre la base de dos pilares esenciales, el primero referente a su naturaleza procesal y el segundo, compuesto por los presupuestos de activación. En cuanto al primer aspecto que configura el contenido esencial de esta garantía, es decir, su naturaleza procesal, se establece que se encuentra revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima, reforzada por sus características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad e inmediación; procede contra cualquier servidor público o persona particular, es decir, no reconoce fueros ni privilegios. Postulados que pueden ser inferidos de la norma constitucional antes referida.
- NO SEAS MALO, POLICÍA ES HAY QUE AYUDARLO, A VER MOSTRAME QUIERO VER DE QUE ES, COMO NO VAS COOPERAR A LOS CAMARADAS, ADEMÁS YO SOY JEFE DE GRUPO Y TENGO QUE SABER TODO”.
- NO PUEDO DARTE, ES UNA CITACIÓN PERSONAL DEJAME CUMPLIR MI TRABAJO”
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de testigos
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR