SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2018-S2

Fecha: 08-Oct-2018

III.4.   Análisis del caso concreto

Revisados los antecedentes aparejados al expediente, se advierte y tal como lo afirma la autoridad demandada, que al tratarse de un presunto delito de violación, acaecido aproximadamente hace diez años, cuando la víctima tenía nueve años y el infractor catorce años; conforme se dejó establecido, en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional, la causa está siendo tramitada con las disposiciones legales establecidas en el Código del Niño, Niña y Adolescente abrogado; por lo que, el demandante de tutela, interpuso recurso de apelación contra el indicado Auto Interlocutorio de 4 de julio de 2018, señalando el art. 284 de dicho Código, que refiere: “Las sentencias y resoluciones dictadas podrán ser apeladas en el plazo de tres días, ante el Juez que conoció la causa”; sin embargo, del informe presentado por el Juez demandado y de la documental adjunta se advierte, que el memorial fue providenciado el 12 del indicado mes y año, corriendo traslado a los demás sujetos procesales, tal cual establece el art. 314 del CNNA, disposición legal que es aplicable al caso en lo referente al aspecto procedimental no previsto en el referido Código abrogado que indica: