SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2018-S2

Fecha: 15-Oct-2018

las resoluciones que resuelven los incidentes de nulidad de citación admitirán recurso de casación a ser resueltos por el Tribunal Agroambiental;

Efectivamente, a partir de los argumentos anotados y la directa justiciabilidad de los derechos a la defensa y al debido proceso contenidos en el art. 115.II de la CPE, es posible señalar que las resoluciones que resuelven los incidentes de nulidad de citación admitirán recurso de casación a ser resueltos por el Tribunal Agroambiental; toda vez que, conforme lo dispuesto en el art. 179.I de la CPE, la jurisdicción agroambiental está compuesta por el Tribunal Agroambiental y los jueces agroambientales, norma concordante con el art. 32 de la LSNRA, lo que supone que, en la jurisdicción agroambiental no existe una instancia de apelación y por lo mismo, en mérito al derecho a la defensa, se abre el recurso de casación.