SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0677/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0677/2018-S1

Fecha: 30-Oct-2018

Fragmento 38

Esta misma Sentencia ya en el análisis del caso concreto a tiempo de establecer los temas fundantes de la problemática a resolver, estableció: “Al respecto, esta Sala considera que dos son los temas fundamentales que se sujetan a la problemática planteada: La declaración del Estado no confesional, laico y el pluralismo, ambos elementos fundantes del Estado. El primero se traduce en ámbitos de creencias religiosas, en la facultad que tiene todo individuo de profesar o no una determinada religión o fe; garantizando que, el negarse a practicar una fe no puede dar lugar a discriminación, descartando toda posibilidad de obligar a las personas a participar de ritos y prácticas religiosas que no comparte, menos la posibilidad de imponer sanciones por dicha causa, ya sea por parte de instituciones públicas, entidades privadas, comunidades, el Estado es independiente de la religión, conforme proclama el art. 4 de la CPE, lo que significa que es neutral respecto a la religión, a creencias o alguna fe, los órganos del poder público no pueden manifestarse a favor o en contra de la religión, incluso si esta es mayoritaria, el Estado reconoce a todas las religiones y creencias, las cuales tienen igualdad frente al Estado, resguarda la libertad religiosa; El segundo se refiere al pluralismo que tiene como esencia en el reconocimiento de la diversidad, el derecho a pensar de manera diferente, se sustenta en el respeto e igualdad entre todos, en el ámbito religioso, el pluralismo religioso se traduce en el respeto e igualdad de las diferentes formas de expresión de la fe y la convivencia pacífica, en una sociedad donde coexisten distintas formas de comprender la espiritualidad, todos ellos válidos, e iguales frente al Estado, bajo los principios de complementariedad, solidaridad, armonía, que tienen como límite la vigencia de los derechos fundamentales proclamados en el Bloque de Constitucionalidad.