SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2018-S3

Fecha: 29-Oct-2018

Fragmento 25

Sobre la presunta vulneración de la valoración de prueba, la jurisprudencia constitucional, mantiene línea constitucional uniforme entendiendo que esta labor es propia de la jurisdicción ordinaria, sin embargo, de manera excepcional puede realizar esta tarea cuando: “ii.a) Las autoridades se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; ii.b) Omitieron de manera arbitraria la consideración de las pruebas, ya sea parcial o totalmente; y, ii.c) Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado en la argumentación”  (SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero); en ese marco, en el caso concreto no se advierte que los Vocales demandados en la tarea de valoración de prueba se hubieran apartado de lo cánones legales de razonabilidad y equidad; sobre la supuesta omisión valorativa de testigo para desvirtuar la probabilidad de autoría, el Auto de Vista supra expuesto, entendió que no es posible su consideración en razón a la separación de funciones que existe entre la labor investigativa realizada por el Ministerio Público y la del control jurisdiccional, razonamiento determinativo sustentada en la norma adjetiva penal y la jurisprudencia constitucional, por lo que la presunta omisión valorativa no resulta evidente.