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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2018-S3

    Fecha: 31-Oct-2018

    II.12.

    II.12. Mediante memorial presentado en la misma fecha, el solicitante de tutela interpuso recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio de 15 de agosto del año señalado; y, a través de providencia de 13 del mes y año aludidos el Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz -en suplencia legal- corrió en traslado para que en el plazo de tres días se tenga contestación (fs. 87 a 90).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.12.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza y alcances de la acción de libertad
    • III.2. Respecto a la subsidiariedad de la acción de libertad
    • en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional, aspecto que se encuentra enmarcado en los mandatos insertos en los arts. 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 19
    • CONFIRMAR

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