SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2018-S3

Fecha: 31-Oct-2018

II.6.

II.6.    Cursa Auto Interlocutorio de 13 de julio del año citado, por el cual el Juez de Instrucción Penal Decimoprimero de la Capital del departamento señalado -en suplencia legal de su similar Sexto-, declaró inadmisible el incidente de defecto procesal absoluto promovido por el impetrante de tutela, por haberse presentado fuera del plazo previsto por el art. 314 del CPP, ya que fue notificado con la imputación formal el 18 de mayo del año mencionado y el incidente se recepcionó el 12 de julio de la misma gestión (fs. 20).