SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2018-S1

Fecha: 08-Nov-2018

concedió

El Juez Público de Familia Décimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, a través de la Resolución 04/18 de 11 de mayo de 2018 cursante de fs. 55 a 73, concedió la tutela solicitada, ordenando la reincorporación inmediata de la accionante en el mismo puesto que ocupaba, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado, manteniendo su antigüedad y demás derechos que la Ley le franquea, argumentando que: 1) Se evidencian dos contratos de trabajo a plazo fijo sin el respectivo visado del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; informe médico del estado de gestación de la accionante; que puso a conocimiento de la empresa demandada; correo enviado haciendo conocer la conclusión de su contrato; denuncia realizada ante el “director de Trabajo” y su respectivo informe; Conminatoria de reincorporación por inamovilidad laboral, notificación con la misma y memorando de verificación e informe de no reincorporación; 2) Si bien la “SCP 0938/2015-S3” determinó subreglas para que se haga efectiva la inamovilidad laboral de la mujer en estado de gestación con contratos a plazo fijo, las mismas no son aplicables al presente caso por existir una flagrante y evidente infracción a las leyes sociales; la primera: el empleador no dio cumplimiento al visado del contrato de trabajo a plazo fijo de conformidad al art. 22 de la LGT; segunda: fundamentalmente por haber vulnerado la prohibición de suscribir contratos a plazo fijo en tareas propias y permanentes de la institución, de acuerdo al art. 2 del DS 16187, cuya sanción es que el contrato a plazo fijo se convierta a uno de tiempo indefinido; y, tercera: porque aún no le cancelaron sus beneficios sociales a la impetrante de tutela, lo que hace que la relación laboral aún no haya concluido.