Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2018-S1
Fecha: 08-Nov-2018
II.6.
II.6. Se tiene Conminatoria de reincorporación laboral JDTSC/CONM. 22/2018 de 8 de marzo, emitido por el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, dirigido a la Caja de Salud hoy demandada, que dispuso la reincorporación inmediata de la impetrante de tutela al mismo puesto laboral que ocupaba, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado, manteniendo su antigüedad y demás derechos correspondientes, siendo la entidad demandada notificada con dicha Conminatoria el 16 de marzo de 2018 (fs. 18 a 20; y, fs. 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la conminatoria de reincorporación laboral
- no es posible ante un conflicto laboral por un presunto despido injustificado, disponer el cumplimiento de una conminatoria de reincorporación laboral cuando su emisión no resulta jurídicamente razonable. Debiendo en cada caso verificar la pertinencia de la conminatoria de reincorporación laboral, constatando que la misma haya sido emitida a favor del trabajador que se encuentre dentro del rango de protección de la Ley General del Trabajo y la normativa complementaria, analizando también que no se trate de una relación laboral sujeta a un contrato a plazo fijo
- III.2. Análisis del caso concreto
- la conclusión de su contrato
- REVOCAR en todo