SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2018-S2

Fecha: 15-Nov-2018

III.2.  Análisis del caso concreto

De los antecedentes que informan del caso se tiene que el accionante,  señaló como lesionados sus derechos a la defensa y al debido proceso en su vertiente de suficiente fundamentación de las resoluciones; toda vez que, tanto la Resolución Disciplinaria 13/2017, que dispuso en su contra la sanción de destitución de su cargo por incurrir en las faltas disciplinarias estipuladas en los arts. 187.14 y 188.7 de la LOJ; así como la Resolución SD-AP 271/2017 que la confirmó, fueron pronunciadas sin la debida fundamentación, remarcando que esta última no brindó respuesta fundamentada a los reclamos que expuso en su recurso de apelación, respecto a: La falta de legitimación activa de las denunciantes en inobservancia del art. 195 de la LOJ, -jerárquicamente superior al art. 43 del Acuerdo 109/2015-; y, la prosecución del juicio oral en su contra, en ausencia de su abogado defensor; por lo que, solicitó dejar sin efecto las precitadas Resoluciones.

Identificado el problema jurídico planteado en el caso concreto, es necesario aclarar que este Tribunal únicamente se pronunciará sobre las presuntas lesiones causadas por la Resolución que se pronunció sobre el recurso de apelación; toda vez que, la revisión excepcional de las determinaciones asumidas en vía ordinaria o administrativa, se efectúa a partir de la última resolución, por cuanto el accionante tenía la posibilidad de revisar, modificar y/o anular las determinaciones asumidas por las autoridades de menor jerarquía. Bajo ese contexto, se advierte que la Resolución Disciplinaria 13/2017 fue impugnada en grado de apelación, lo que dio lugar a la emisión de la Resolución              SD-AP 271/2017, emitida por los ex Consejeros de la Magistratura ahora demandados; correspondiendo el examen a partir de esta última decisión pues a través de ella se agotó la vía ordinaria.

Consecuentemente, incumbe efectuar el análisis en lo atinente al contenido de la Resolución SD-AP 271/2017, a efectos de establecer si en dicha labor las precitadas autoridades demandadas vulneraron los derechos a la defensa y al debido proceso en los términos que fueron expuestos por el accionante, a cuyo fin, es pertinente realizar un examen exhaustivo de los parámetros de la impugnación y la Resolución de segunda instancia que aparentemente no respondió a todos los reclamos expuestos, no obstante a la solicitud de aclaración, complementación y enmienda que fue rechazada; por lo que, se mantuvo incólume.