Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2018-S1
Fecha: 26-Nov-2018
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denuncia como lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación, congruencia y razonabilidad, a la legitima defensa, a la igualdad de las partes, a la igualdad de oportunidades, a la publicidad, a un proceso eficaz, a la verdad material y a la tutela judicial efectiva, citando al efecto los arts. 115.I y II, 117.I y II, 119.II, 120.I, 180.I y II ; y, 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- OFICIO de CONGELAMIENTO DE CUENTAS
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- Fragmento 12
- Respecto a la “objeción de demanda”
- pendiente de resolución
- En alusión a las medidas precautorias
- Fragmento 16