SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2018-S1

Fecha: 28-Nov-2018

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

En audiencia, el abogado de la parte accionante ratifico los términos expuestos en su memorial de acción de libertad y además añadió que, una vez interpuesto el recurso de apelación incidental y provistos los recaudos de ley, todos los días hábiles estuvo “peregrinando” para que el mismo se remita ante el Tribunal de alzada; sin embargo, el Secretario Abogado -ahora codemandado- le comunicó que “…no había terminado su acta por que fue a una audiencia larga que duró cerca de tres horas y que la juez también no había terminado la Resolucion Cautelar…” (sic); acto que constituye una dilación indebida y una demora injustificada, habiéndose incumplido el término previsto por el art. 251 del CPP, lo cual denota una transgresión de sus derechos y garantías constitucionales, como “…el principio de favorabilidad, derecho al debido proceso, derecho a la libertad, derecho al trato igualitario no discriminatorio…” (sic).