SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2018-S4

Fecha: 28-Nov-2018

éste podrá someter tales derechos únicamente a limitaciones determinadas por ley

Por su parte, los instrumentos internacionales, que en virtud a la cláusula abierta prevista en los arts. 13.IV, 256.II y 410.II de la CPE, forman parte del bloque de constitucionalidad, entre ellos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), su art. 4, estableció lo siguiente: “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que, en ejercicio de los derechos garantizados conforme al presente Pacto por el Estado, éste podrá someter tales derechos únicamente a limitaciones determinadas por ley, sólo en la medida compatible con la naturaleza de esos derechos y con el exclusivo objeto de promover el bienestar general en una sociedad democrática (las negrillas son agregadas).