SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2018-S4

Fecha: 28-Nov-2018

i)

Agustín Pablo Terrazas, Hilda Cardozo y Paulina Villca de Ramos, a través de su abogado indicaron en audiencia que: i) El art. 105 del CPP es claro, por lo que el Tribunal de Sentencia Penal Noveno del departamento de La Paz, aplicó correctamente el mismo en su Resolución de 15 de enero de 2018, fundamentando el acto dilatorio del abogado de la defensa; ii) La SCP 0472/2015-S2, que invoca no es aplicable al presente caso, porque existe una decisión respaldada con fundamentos; y, iii) La jurisprudencia constitucional que debe aplicarse es la señalada por las autoridades demandadas; por lo que, debe rechazarse la acción de amparo constitucional en función de la subsidiariedad.