SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2018-S3

Fecha: 07-Nov-2018

son conflictivos que cuentan con antecedentes disciplinarios, por tal motivo solicita los traslados

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de robo agravado, en audiencia de medidas cautelares se dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario Villa Busch de Pando; el 21 de septiembre de 2018 las autoridades demandadas dieron cumplimiento a la Resolución Administrativa (RA) 088/2018 de 14 de septiembre, por la cual se dispuso su Traslado Administrativo del Centro Penitenciario mencionado al Centro Penitenciario Chonchocoro de La Paz, de acuerdo a los argumentos esgrimidos en el Informe de 10 de septiembre de 2018 emitido por Osward Brahian Quinteros Castillo, Director del Centro Penitenciario Villa Busch de Pando, señalando que “…son conflictivos que cuentan con antecedentes disciplinarios, por tal motivo solicita los traslados de los privados de libertad, implicados en el delito de robo de armamento militar y los mismos estarían reclutando personas, citándolas al interior del penal para que pudieran realizar hechos delincuenciales como robo, extorsión y otros, ya que estos tendrían nexos con delincuentes de nacionalidad peruana y brasilera…” (sic).

Que realizada la revisión de obrados indicó que las autoridades demandadas omitieron poner a conocimiento del Juez de la causa la RA 088/2018, para que dicha autoridad se pronuncie al respecto, confirmando o rechazando la misma; arguyó además que se le notificó con esa Resolución momentos antes de subir al avión que lo trasladaría, sin darle tiempo de hacer valer su derecho a la defensa y a la impugnación; siendo que existen antecedentes que las dos personas involucradas en el mismo delito sufrieron atentados contra su vida en los centros penitenciarios donde los habían trasladado.