VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0779/2018-S2
Fecha: 26-Nov-2018
arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a)
Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; b) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; c) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, d) Por la falta de coherencia del fallo, se da: d.1) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-; y, d.2) En su dimensión externa, implica que la resolución debe guardar correspondencia con lo pedido o impugnado por las partes. Ambos entendimientos, sobre la coherencia interna y externa, tienen su antecedente en la SC 0863/2003-R de 25 de junio[10], así como en la SC 0358/2010-R de 22 de junio[11], estableciendo que en el ámbito procesal, el principio de congruencia se entiende no solo como la correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto, sino que además implica la concordancia del fallo; es decir, su coherencia interna, entendimiento que fue reiterado en la SCP 1915/2012 de 12 de octubre[12], entre otras. Por su parte, respecto a la congruencia de las resoluciones de segunda instancia, la SC 0682/2004-R de 6 de mayo[13] señaló que el pronunciamiento debe guardar correspondencia con los agravios de la apelación y la contestación de alzada.
- Partes:
- I.
- REVOCAR en parte
- a)
- 1)
- II.1.
- II.2. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 8
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- II.3. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del Código de Procedimiento Penal
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- Fragmento 15
- con carácter excepcional, preventivo pero no sancionatorio,
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- a pedido fundamentado del fiscal o de la víctima,
- La consideración del primer requisito
- Fragmento 21
- Con relación al segundo requisito previsto en el numeral 2 del art. 233 del CPP
- II.5. Especial referencia al riesgo procesal de fuga de peligro efectivo para la víctima o el denunciante en delitos relacionados a violencia contra la mujer
- peligro efectivo para la víctima o el denunciante.
- la situación de vulnerabilidad o de desventaja en la que se encuentren la víctima o denunciante respecto al imputado
- c)
- II.6.
- SCP 0014/2012 de 16 de marzo
- cuáles fueron los elementos de convicción y supuestos que determinaron la imposición de la detención preventiva
- ii)
- II.7.1. Análisis del Auto Interlocutorio 21/2018 pronunciado por el Juez demandado que resolvió la solicitud de la cesación de la detención preventiva
- b)
- II.7.2.
- Fragmento 34
- 2)
- 3° DENEGAR
- MAGISTRADA
- eficaces y oportunos
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- Fragmento 40
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer;