SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2018-S3
Fecha: 20-Dic-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En ocubre de 2017, falleció su padre producto de un disparo con arma de fuego, hecho que es investigado por las autoridades competentes y producido con la finalidad de apropiarse de las 40 ha cultivables de terreno que eran de su propiedad. En tal sentido, los dirigentes del Sindicato “René Barrientos Ortuño” de San Juan del departamento de Santa Cruz muestran su parcialización con el presunto autor del asesinato de su padre, obstaculizando la investigación.
Por lo referido, en asamblea de 3 de marzo y 5 de mayo de 2018, los demandados emitieron el Voto Resolutivo 03/2018 con el fin de poner un portón y candado en el camino, impidiéndole el acceso a la propiedad de su padre que legítimamente le pertenece por ser única heredera, con el pretexto de precautelar el ingreso de malhechores que roban fruta, herramientas y otros, determinando asimismo otorgar copia de la llave de acceso a los afiliados, estipulando en la Cláusula Tercera del mencionado Voto Resolutivo, que el inmueble en cuestion quedaba intervenido en manos del Sindicato, pretendiendo incriminarla por la muerte de su progenitor, actuación que le ocasiona un grave perjuicio por que en dicho terreno realizó plantaciones de cítricos conjuntamente su esposo en una superficie aproximada de dos ha, frutos que no puede comercializar y que se están pudriendo a causa de las medidas adoptadas por los demandados.
Tal arbitrariedad fue puesta a conocimiento de la Sub Gobernación de la Provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz, así como al Gobierno Autónomo Municipal de San Juan, a la Policía, a la Sub Central General y a la Federación Única de Trabajadores Campesinos; sin que hasta la fecha de la presentación de esta acción tutelar haya merecido respuesta alguna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derechos reconocidos por la Constitución
- un instrumento de defensa y protección, frente a las vulneraciones actuales o amenazas inminentes de transgresión, restricción o violaciones propiamente dichas a los derechos fundamentales
- de donde se advierte que, el amparo constitucional es una garantía jurisdiccional que salvaguarda los derechos fundamentales de una persona y opera cuando éstos son vulnerados, restringidos o amenazados por una autoridad cualquiera o por particulares
- Fragmento 14
- III.2. Sobre el derecho a la circulación
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la instalación de un portón en la entrada del Sindicato “René Barrientos Ortuño”
- III.3.2. Respecto a la afectación del derecho de libre circulación
- III.3.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR