SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2018-S2

Fecha: 03-Dic-2018

CONFIRMA parcialmente, la Sentencia 061 venida en apelación, debiendo en consecuencia el demandado tramitar la reposición de las papeletas de pago y cancelar a favor de HILARION MENDEZ MORALES, la suma de Bs. 9.912,00, en el plazo establecido por la señora juez a quo y con las consecuencias establecidas en la presente resolución

“…CONFIRMA parcialmente, la Sentencia 061 venida en apelación, debiendo en consecuencia el demandado tramitar la reposición de las papeletas de pago y cancelar a favor de HILARION MENDEZ MORALES, la suma de Bs. 9.912,00, en el plazo establecido por la señora juez a quo y con las consecuencias establecidas en la presente resolución(sic).

Sin embargo -de acuerdo a la Conclusión II.5 de este fallo-, el citado agravio no fue respondido en el Auto de Vista 585/2017 por los Vocales de la Sala Social Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca -ahora demandados-, quienes confirmaron el decreto de 21 de febrero de 2017, con costas y costos, omitiendo pronunciarse a dicha impugnación y sustentando su fallo en otro párrafo del Auto de Vista 401/2011, mencionando que en ningún momento se dispuso la cancelación de la multa del 30% como pretende el recurrente, porque en el mencionado fallo, señalan lo siguiente: