SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2018-S2

Fecha: 10-Dic-2018

Fragmento 21

          Como se advierte de la norma glosada, el Tribunal casacional se debe pronunciar sobre el recurso de casación en dos fases; así, en la primera, tiene que efectuar el juicio de admisibilidad del recurso, verificando precisamente si el recurrente cumplió con los requisitos que prevé el       art. 274 del CPC, de manera tal, que si ello no sucede, deviene la improcedencia del recurso; empero, para el caso que el recurso supere dicha fase; es decir, que el Tribunal Supremo de Justicia haya verificado que los requisitos de admisibilidad se encuentran cumplidos; en una segunda fase, recién efectúa el juicio de fundabilidad.