SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2018-S4
Fecha: 05-Dic-2018
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido a instancias de Teresa Rescala Nemtala y otros contra Raúl Esteban Barrientos Murillo y otros, por la presunta comisión del delito de uso de instrumento falsificado, caso FIS 3328/13, por Resolución 059/2017 de 8 de agosto, Amparo Morales Panoso, Fiscal de Materia, presentó ampliación de imputación formal contra Marco Antonio Román Zapata –ahora accionante−, Blanca Jeannette Rospigliosi Vargas y María Soledad Vargas Saavedra, por la presunta comisión del delito de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado; en mérito a lo cual, por decreto de 9 de igual mes y año, Virginia Regina Santa Cruz Silva, Jueza de Instrucción Penal Novena del departamento de La Paz, dispuso la notificación del referido actuado a los nombrados imputados a efectos del control jurisdiccional e inicio del cómputo de la etapa preparatoria (fs. 18 a 21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.2. La acción de amparo constitucional no es otra instancia adicional a los procesos judiciales o administrativos. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR