Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2018-S2
Fecha: 11-Dic-2018
II.7.
II.7. Conminatoria 004/2018 de 5 de marzo, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo, que resolvió: “…inmediata reincorporación de la Sra. Tatiana Isabel Albino Renato; en el plazo de tres (3) días hábiles improrrogables a partir de su legal notificación, al mismo puesto que ocupaba el trabajador al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y todos sus derechos sociales que correspondan a la fecha de incorporación” -sic- (fs. 38 a 43).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- protección inmediata y actual de los derechos fundamentales
- Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido
- cuando la situación de hecho que origina la supuesta amenaza o vulneración del derecho desaparece, la acción de tutela pierde su razón de ser y se configura la carencia actual de objeto por sustracción de materia
- III.2. Análisis del caso concreto
- revocación total
- REVOCAR