Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2018-S1
Fecha: 12-Dic-2018
h)
h) Con relación a que el ahora tercero interesado no tenía por qué apersonarse al proceso por cuanto vendió el bien inmueble a Ceferino Santos Cruz, se tiene que “…la prueba eficaz que se puede presentar, referente al derecho propietario es con la inscripción de Derechos Reales, que acredita el derecho frente a terceros, sin el derecho propietario no está inscrito en derechos reales únicamente surte efecto entre las partes contratante y no contra terceros, entonces no se podía considerar dicha prueba, como lo hace el juez” (sic);
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- III.1. El debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- Fragmento 12
- III.2. Valoración de la prueba
- b)
- c)
- d)
- f)
- h)
- desde
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte