Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0838/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
II.4.
II.4. Mediante nota FAC.CS.SOC.COM.ELEC. 033/2017 de 15 de noviembre, el Comité Electoral remitió informe de elecciones al Consejo Facultativo, respecto al proceso eleccionario correspondiente a la primera vuelta que se desarrolló el 7 de noviembre de 2017, haciendo conocer que se resolvió realizar la segunda vuelta el 21 del aludido mes y año, pidiendo también se autorice el desembolso de fondos (24 a 25).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Normativa que rige el accionar del Comité Electoral Universitario
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO