SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0859/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0859/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

II.10.

II.10. El 13 de abril de 2018, se instaló la audiencia de la presente acción de libertad, en la cual, el Secretario del Juzgado informó que con el nuevo señalamiento de audiencia no se tiene constancia de notificación al Fiscal demandado; sin embargo, del exhorto suplicatorio que fue presentado en Plataforma de Atención al Usuario, observó que éste, fue legalmente notificado el 23 de marzo de igual año con dicho señalamiento y hasta la fecha de celebración de este actuado procesal, no llegó ningún informe de la autoridad fiscal demandada; ante lo cual, la parte accionante manifestó que no corresponde continuar con la dilación de esta acción de defensa; puesto que, el Fiscal demandado ya fue notificado como cursa en obrados. Consecuentemente, el Juez de garantías, manifestó que la citada autoridad fiscal, fue legalmente notificada con la providencia de radicatoria y señalamiento de audiencia en la fecha precedentemente citada; por lo que, tuvo conocimiento de dichos actos, presumiéndose que no tiene interés en esta acción tutelar, prosiguiendo con el desarrollo de la misma (fs. 107 a 108).