SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

I.1.1

Dentro del proceso penal seguido en su contra a instancia del Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de asesinato y robo agravado, se encuentra detenido preventivamente en el Centro Penitenciario de San Pedro, y en reiteradas oportunidades solicitó al referido Tribunal de Sentencia Penal Primero salida judicial para realizar los trámites de su renta de vejez, que no efectuó desde hace más de cinco años atrás, cuando cumplió los sesenta años.

Sostiene que contra la Sentencia condenatoria emitida el 2 de octubre de 2002, interpuso recurso de apelación restringida que no ha tenido respuesta hasta la fecha y, por ende, la misma no se encuentra ejecutoriada, pese a ello, el referido Tribunal libró el mandamiento de condena; además, conforme a la doctrina y la jurisprudencia, la potestad de ejecutar la pena prescribió el 2012, al haber transcurrido los diez años que prevé el art. 105 del Código Penal (CP); irregularidades que quiso denunciar a través de una acción de amparo constitucional pero por no pudo hacerlo porque se extravió todo el expediente.

Añade que no existen otras vías procesales que permitan reestablecer la situación jurídica infringida que atañe a su derecho a la renta vitalicia de vejez, resultando la acción de libertad traslativa la vía más idónea, conforme la línea jurisprudencial sentada por el Tribunal Constitucional Plurinacional y el mandado del art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), que instituyó esta acción como un recurso extraordinario para la protección inmediata y eficaz de los derechos y garantías fundamentales que hubieran sido lesionados o incumplidos por funcionarios públicos en la administración de justicia.