Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR las Resoluciones de 28 de septiembre de 2017 -expediente 21354-2017-43-AL-; y, 1 de diciembre de 2017 -expediente 22391-2018-45-AL-, cursantes de fs. 33 a 36 vta. y 357 a 360 vta., respectivamente; pronunciadas por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Tupiza del departamento de Potosí; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sobre la base de los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- Silvia Montes Mamani
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3.2. Informe de las autoridades judiciales demandadas
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III.1. La falta de relevancia constitucional como causal de denegatoria de las acciones de defensa
- III.2. Sobre la nulidad de los actos procesales
- defecto absoluto el quebrantamiento de la forma está vinculado a la protección de un derecho o garantía constitucional
- III.2.
- Fragmento 15
- III.2.1. Sobre la emisión del Auto complementario de 28 de abril de 2015 y mandamiento de condena
- III.2.2. Sobre la ejecución del mandamiento de condena
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA