Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2018-RCA
Fecha: 14-Feb-2018
Fragmento 1
En revisión la Resolución 03/2017 de 29 de noviembre, cursante de fs. 114 vta. a 115 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Pedro Flores Medina contra Wilber Choque Cruz, Juan Orlando Ríos Luna, Emilio Osvaldo Patiño Berdeja, Magdalena Teodora Alanoca Condori y Roxana Orellana Mercado, Consejeros; y, Edmundo Yucra Flores, Director Nacional de Recursos Humanos, todos del Consejo de la Magistratura.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- improcedencia
- i)
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- toda vez que, el accionante agotó la vía ordinaria, con la notificación con la Resolución RR/SP 48/2017 (fs. 13 a 17), que confirmó el Acuerdo 073/2017 y el Memorando CM-DIR-NAL-RR-HH J-031/2017 de 9 de mayo
- en consecuencia, (…) interpuso recurso de revocatoria ante dicho Consejo
- En ese marco, se concluye que con la emisión de la Resolución RR/SP 041/2017 de 8 de mayo, la parte accionante agotó la vía administrativa, ya que dicha Resolución no puede ser impugnada por otro medio; toda vez que, fue pronunciado por dicha Sala, siendo ésta la última instancia a la que se puede apelar
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión