AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2018-O

Fecha: 20-Feb-2018

II.1.

II.1.    Dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Pablo Fernández Guerrero, por sí y en representación legal de Aida Luz Guerrero Portal Vda. de Fernández; Gilberto, Aida y Adolfo todos Fernández Guerrero contra Rómulo Calle Mamani y Rita Susana Nava Durán, entonces Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia;                      la SCP 0332/2016-S2 de 8 de abril, emitida por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, revocó la Resolución 28/2015 de 16 de abril, por la que, el Tribunal de garantías, –Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca– denegó inicialmente la tutela impetrada por los hoy denunciantes, quienes presentaron su acción de defensa, impetrando la nulidad del                   Auto Supremo 744/2014 de 12 de diciembre, por haber sido dictado, según alegaron, omitiendo dar respuestas específicas, claras, fundamentadas y congruentes respecto de las ocho reclamaciones que efectuaron dentro del recurso de casación que plantearon contra el           Auto de Vista 68/2014 de 13 de agosto, que revocó la Sentencia emitida dentro del proceso de declaración judicial de paternidad instaurado en su contra por Gilda Jorges, concluyendo, en consecuencia, estar probada la demanda, estableciendo el vínculo de filiación de la parte actora respecto al fallecido Gilberto Fernández Vaca, y la consiguiente inscripción de la filiación paterna en el Registro Civil; determinación que además, de acuerdo a lo impugnado en dicha garantía constitucional, fue asumida con error de hecho en la apreciación de prueba, al indicar que, la no asistencia de su parte, como demandados en el proceso ordinario aludido en la audiencia de toma de muestras de sangre para estudio de ADN, resultaba suficiente para generar convencimiento sobre una presunción judicial. En ese orden, el fallo constitucional plurinacional (SCP 0332/2016-S2), concedió la tutela solicitada, ordenando la emisión de un nuevo auto supremo, debidamente fundamentado y motivado, conforme a los Fundamentos Jurídicos expuestos en la Resolución Constitucional citada (fs. 607 a 621).