SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0011/2018-S2
Fecha: 28-Feb-2018
i)
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la libertad, a la presunción de inocencia y al debido proceso en sus componentes de debida fundamentación y motivación, juez imparcial y valoración de la prueba; denunciando que los demandados no valoraron correctamente la prueba presentada tanto en la audiencia de cesación de la detención preventiva como de apelación, consistente en facturas y recibos que demuestran que los gastos de curación y medicamentos fueron cubiertos por el imputado, así como el Certificado de Antecedentes de Tránsito que acredita no tener antecedente alguno; como tampoco que el Ministerio Público ni la víctima demostraron de manera objetiva el supuesto peligro que puede representar su persona; sin embargo, las autoridades demandadas consideraron vigente el riesgo procesal contenido en el numeral 10 del art. 234 del CPP. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para el efecto, se analizarán los siguientes temas: i) La cesación de la detención preventiva; dentro del cual, se considerará: i.a) La obligación de la valoración integral de los elementos de prueba y de las circunstancias descritas en los arts. 234 y 235 del CPP; i.b) La exigencia de la debida fundamentación y motivación en las decisiones; y, i.c) Las condiciones para resolver la cesación de la detención preventiva sobre la base del art. 239.1 del CPP; y, ii) Análisis del caso concreto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. La cesación de la detención preventiva
- del análisis ponderado
- analizando en forma integral
- deberá fundamentar la decisión de conceder o rechazar la solicitud de la cesación, expresando los motivos de hecho y derecho en que sostenga su determinación, los cuales deben obedecer a criterios objetivos
- forma integral
- III.1.2. La exigencia de la debida fundamentación y motivación en las decisiones
- el art. 233
- análisis ponderado,
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Análisis de la actuación de la Jueza de Instrucción Penal demandada
- , cuando resuelve en alzada la resolución que absolvió una solicitud de cesación de la detención preventiva,
- Fragmento 23
- 2°
- MAGISTRADO