Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0014/2018-S4
Fecha: 23-Feb-2018
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de derecho a una resolución debidamente fundamentada y motivada, a la igualdad de oportunidades, a una autoridad jurisdiccional imparcial, de acceso a la justicia, así como a la tutela judicial efectiva, citando al efecto los arts. 115, 119.I, 120.I y 121.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda resolución sea debidamente fundamentada; es decir, que cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma.
- Fragmento 12
- III.2. La valoración de la prueba constituye una facultad privativa de los órganos jurisdiccionales ordinarios y administrativos
- “
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR